Serie B, nueve jugadores descalificados. Bari, Ascoli y Catanzaro multados
Serie B, nueve jugadores descalificados. Bari, Ascoli y Catanzaro sancionados
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El juez deportivo ha anunciado las medidas disciplinarias tras el 36º partido de la Serie B. Nueve jugadores han sido inhabilitados: el Cremonese pierde a Luka Lochoshvili para el gran duelo contra el Parma, mientras que el Venezia tendrá que prescindir de Marin Sverko para el partido en casa contra el Feralpisalò. En cuanto a los clubes, multas para Bari, Ascoli y Catanzaro.
JUGADORES ANULADOS
DESCALIFICACIÓN POR UN DÍA REAL DE PARTIDO
BOLOCA Gabriele (Ternana): doble amonestación por comportamiento desleal hacia un adversario
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LEPORE Franco (Lecco): por juego brusco grave
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SVERKO Marin (Venezia): doble amonestación por conducta desleal hacia un adversario.
JUGADORES NO EXCITADOS
DESCALIFICACIÓN POR UN DÍA REAL DE PARTIDO
ABIUSO Fabio (Módena): por comportamiento desleal hacia un adversario; ya amonestado (quinta sanción)
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BALESTRERO Davide (Feralpisalo'): por comportamiento desleal hacia un adversario; ya advertido (décima sanción)
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CALO Giacomo (Cosenza): por comportamiento incorrecto en el terreno de juego; ya amonestado (Quinto penalti).
DAVI Simone (Sudtirol): por comportamiento incorrecto hacia un adversario; ya amonestado (Décima sanción).
LOCHOSHVILI Luka (Cremonese): por comportamiento incorrecto hacia un adversario; ya amonestado (quinta sanción).
SOUNAS Dimitrios (Catanzaro): por conducta incorrecta hacia un adversario; ya amonestado (quinta sanción).
Multa de € 4.000,00: al club BARI por hacer que sus aficionados, durante el partido, lanzaran varios petardos en el área de juego; sanción atenuada ex art. 29, coma 1 lett. b) CGS.
Multa de € 2.000,00: a la sociedad ASCOLI por haber arrojado sus seguidores, durante el partido, unos vasos de plástico medio llenos en el terreno de juego; sanción atenuada ex art. 29, coma 1 lett. b) CGS.
Multa de € 1.000,00: al club CATANZARO por haber arrojado sus aficionados, a los 37° del primer tiempo, una botella de plástico en el área de juego; sanción atenuada ex art. 29, coma 1 lett. b) CGS.