Baloncesto: insultos, amenazas, gestos, lanzamiento de botellas y una puerta dañada en A2.

Ofensas, amenazas, gestos, botellazos y una puerta dañada
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Supertrabajo para el Juez de los Deportes tras los últimos partidos de la serie A2 de baloncesto masculino: en algunas canchas, y en algunos vestuarios, al parecer pasó de todo. O casi.
Playout, Partidos del 18 de mayo de 2025
BIEMME SERVICIO LIBERTAS LIVORNO 1947. Multa de 750,00 euros porque un individuo aislado, sentado en la sección del parterre reservada al club, en más de una ocasión se levantó e incitó a la afición contraria, perturbando el desarrollo regular del partido [art. 27,3a RG]
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BIEMME SERVICIO LIBERTAS LIVORNO 1947. Descalificación del campo para 1 partido porque, al término del mismo, dos individuos, no autorizados y no inscritos en el acta, en la zona situada frente a los vestuarios, se comportaron en protesta por las decisiones arbitrales adoptadas durante el partido [art. 29,3B RG rec., art. 24,4 RG]
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Cuarta eliminatoria, partido 4 del 18 de mayo de 2025
UNIEURO FORLÌ. Multa de 2.500,00 euros por ofensas colectivas y frecuentes y amenazas contra los árbitros y dos deportistas adversarios identificados [art. 27,4bd rec. RG, art. 27,5bd rec. RG, art. 28,3 RG, art. 24,4 RG]
SERVICIO FLATS BOLONIA. Multa de 917,00 euros por infracciones colectivas y esporádicas a miembros del equipo contrario y por arrojar una botella de agua hacia el banquillo del equipo visitante, sin golpearlo [art. 27,4bc RG, art. 28,3 RG, rec. art. 24,4 RG, art. 27,10ac RG rec., art. 24,2b RG]
DIEGO FUMO FUMO, por arrojar una botella de agua hacia el banquillo del equipo visitante, sin golpearlo [art. 27,4bc RG, art. 28,3 RG, rec. art. 24,4 RG, art. 27,10ac RG rec., art. 24,2b RG]
DIEGO FUMO FUMO, por arrojar una botella de agua hacia el banquillo del equipo visitante, sin golpearlo [art. 27,4bc RG, art. 28,3 RG, rec. art. 24,4 RG, art. 27,10ac RG rec., art. 24,2b RG]
DIEGO FUMO FUMO.
DIEGO FUMAGALLI (Dir. acompañante S.BERNARDO CANTÙ). Inhabilitación durante 15 días -hasta el 2 de junio de 2025- por no identificar al responsable de los daños causados en la puerta del vestuario de los árbitros, durante el intervalo entre el 2º y 3er tiempo [art. 33,5 RG]
DDIEGO FUMAGALLI (Dir. acompañante S.BERNARDO CANTÙ).