Serie B, ocho jugadores inhabilitados. Alessandro Nesta suspendido por dos turnos

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Ocho jugadores y un entrenador suspendidos por el juez deportivo

Ocho jugadores de la Serie B han sido suspendidos, todos por una jornada, por la juez deportiva Inés Pisano tras analizar los informes de los diez partidos de la 37ª jornada de la Serie B. También hubo una suspensión para un entrenador, Alessandro Nesta, del Reggiana. A continuación, la lista de medidas con los motivos publicada por la Lega Serie B.

JUGADORES DE FÚTBOL DESCALIFICADOS – DESCALIFICACIÓN POR UN DÍA REAL DE PARTIDO
BALOGH Botond (Parma): por falta sobre un adversario en posesión de una clara ocasión de gol
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PICKEL Charles Mongind (Cremonese): Doble amonestación por comportamiento incorrecto hacia un adversario.

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JUGADORES NO EXCITADOS – DESCALIFICACIÓN POR UN DÍA REAL DE PARTIDO
CALABRESI Arturo (Pisa): por comportamiento antirreglamentario en el terreno de juego; ya amonestado (Quinta sanción).
CASASOLA Tiago Matías (Ternana): por comportamiento incorrecto hacia un adversario; ya advertido (Quinta sanción).
GONDO Diomande Yann C (Reggiana): por conducta incorrecta hacia un adversario; ya amonestado (quinta sanción).
NIKOLAOU Dimitrios (Spezia): por conducta incorrecta hacia un adversario; ya advertido (décima penalización).
PETRICCIONE Jacopo (Catanzaro): por conducta desleal hacia un adversario; ya advertido (quinta penalización).
ROZZIO Paolo (Reggiana): por comportamiento incorrecto hacia un adversario; ya advertido (quinta sanción).
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En cuanto a Nesta, la sanción será de dos jornadas de inhabilitación por haber impugnado al final del partido, en el terreno de juego, la actuación del árbitro dirigiéndole reiteradamente expresiones gravemente ofensivas.

El Palermo también ha sido multado con 20.000 euros por haber lanzado, durante el partido, petardos de gran intensidad al área de juego, dos de los cuales, en el minuto 16 de la primera parte, cayeron cerca del suelo, obligando a los aficionados a pagar una multa de 20.000 euros; del terreno de juego, obligando al árbitro a interrumpir el partido durante unos cuatro minutos; por haber lanzado también, al final del partido, una piedra en dirección a los jugadores del equipo contrario que se disponían a abandonar el terreno de juego; sanción atenuada ex art. 29, coma 1 lett. b) CGS.".

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