Serie B, seis jugadores descalificados

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Parada para seis en B

Seis jugadores de la Serie B fueron descalificados en la última jornada de la temporada. Todos los jugadores han sido suspendidos por un turno. Nueve clubes han sido multados.

JUGADORES EXPULSADOS
DESCALIFICACIÓN POR UNA JORNADA REAL

CRISANTO Lorenzo (Alessandria): por haberse levantado del banquillo en el minuto 26 de la segunda parte y haberse comportado de forma irrespetuosa con los árbitros del partido; infracción detectada por el cuarto árbitro.

JUGADORES NO EXPULSADOS
DESCALIFICACIÓN POR UNA JORNADA REAL

CALABRESI Arturo(Lecce): por comportamiento desleal hacia un adversario; ya amonestado (quinta sanción).
CALDIROLA Luca (Monza): por comportamiento desleal hacia un adversario; ya condenado (quinta sanción).
CORAZZA Simone (Alessandria): por protestas contra los árbitros del partido; ya condenado (quinta sanción).
D’ORAZIO Tommaso (Ascoli): por comportamiento desleal hacia un adversario; ya condenado (quinta sanción).
MAJER Zan (Lecce): por comportamiento desleal hacia un adversario; ya condenado (quinta sanción).

EMPRESAS

Multa de 5.000,00 euros: a ALESSANDRIA por haber lanzado sus seguidores, en el minuto 13 del segundo tiempo, una bengala al terreno de juego cerca de la portería del adversario, lo que obligó al árbitro a interrumpir el partido durante 40 segundos, sin consecuencias perjudiciales; sanción atenuada ex art. 29 apartado 1 letra b) CGS.
Multa de 4.000,00 euros: a ASCOLI por hacer que sus hinchas, durante el partido, lanzaran varias bombas de humo al área de juego; sanción atenuada ex art. 29, apartado 1 letra b) CGS.
Multa de 4.000,00 euros: al FROSINONE por haber arrojado sus hinchas, durante el partido, tres botellas de plástico en el área de juego; sanción atenuada ex art. 29, subapartado 1 lett. b) CGS.
Multa de 4.000,00 euros: a la Soc. TERNANA por hacer que sus seguidores, antes del comienzo del partido, lanzaran tres bombas de humo en el área de juego; sanción atenuada ex art. 29, apartado 1 lett. b) CGS.
Multa de 3.500,00 euros: al Soc. COMO por hacer que sus seguidores, en el minuto 34 del segundo tiempo, arrojaran tres pequeños recipientes de plástico, dos de ellos a la valla y uno al terreno de juego; sanción atenuada ex art. 29, apartado 1 lett. b) CGS.
Multa de 3.500,00 euros: al club CREMONESE por hacer que sus hinchas, en el 1º del primer tiempo y en el 4º del segundo tiempo, lanzaran dos bengalas en el terreno de juego; sanción atenuada ex art. 29, subapartado 1 lett. b) CGS.
Multa de 3.000,00 euros: al LECCE por haber lanzado cinco bombas de humo al área de juego durante el partido; sanción atenuada en virtud del art. 29, apartado 1 lett. b) del CGS.
Multa de 2.000,00 euros: a COSENZA por hacer que sus seguidores, en el minuto 19 del segundo tiempo, lanzaran una bomba de humo al área de juego; sanción atenuada en virtud del art. 29, apartado 1, letra b), del CGS.
Multa de 2.000,00 euros: a L.R. VICENZA por hacer que sus seguidores, en el minuto 1 del primer tiempo, lanzaran una bomba de humo al área de juego; multa reducida ex art. 29, subapartado 1 lett. b) CGS.

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