Udinese, una vuelta a puerta cerrada

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Udinese, la sanción

La decisión del Giudice Sportivo ha llegado tras lo sucedido en el Udinese-Milán. A la vista del acta arbitral, así como del informe del personal de la Fiscalía Federal, sobre las manifestaciones de discriminación racial en las que se vio envuelto el jugador del Udinese en varias ocasiones durante el partido. Milan Maignan Mike Peterson, que dieron lugar a dos avisos por megafonía y a una primera interrupción del juego durante aproximadamente un minuto y, a continuación, a la suspensión del partido durante unos cinco minutos», reza la sentencia.

Teniendo en cuenta la gravedad objetiva de los hechos descritos y denunciados, que motivaron la adopción de las medidas previstas en el protocolo procesal contenido en la normativa federativa, gravedad que, por un lado, hace recesivo el elemento de la dimensión, por otro, confirma y de hecho niega el elemento adicional, también previsto y exigido por el art. 28, párrafo 4, CGS, de la percepción real (dada, en este caso, la reacción legítima del jugador en cuestión y las consecuencias sobre el curso regular del partido, interrumpido dos veces);", continúa la nota.

A pesar de los dos anuncios públicos, no se produjeron manifestaciones claras de disociación de tan intolerable comportamiento por parte de los restantes aficionados (elemento que habría sido relevante en sentido atenuante, e incluso eximente en presencia de las demás condiciones, de conformidad con el art. 29, párrafo 1, lett. e CGS); Constatando, no obstante, que el comportamiento activo de Società Udi-nese, y la voluntad mostrada desde el primer momento de cooperar en la identificación de los responsables, hace que para un hecho de esta magnitud y gravedad, la pena mínima prevista por el art. 28, coma 4, CGS, es decir, la obligación de jugar un partido a puerta cerrada (art. 8, coma 1, lett. e CGS) delibere sancionar a UDINESE con la obligación de jugar un partido a puerta cerrada".

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